Negocio facil

 

¿Que es Contabilidad Electrónica?

  

Es la obligación que tienen todos los contribuyentes de llevar su Contabilidad en medios electrónicos, y de ingresar la información contable requerida a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

A partir de 2016, todos los contribuyentes: todas las empresas del sector financiero, las personas morales, las sociedades, las asociaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles; y las personas físicas que realicen actividades empresariales o presten servicios profesionales y los contribuyentes del RIF.


  • Catálogo de cuentas al que se le agregará un campo con el código agrupador de cuentas del SAT contenidos en el Anexo 24, apartados A y B. 

 

  • Balanza de comprobación que incluya saldos iniciales, movimientos del periodo y saldos finales de todas y cada una de las cuentas de activo, pasivo, capital, resultados (ingresos, costos, gastos) y cuentas de orden; en el caso de la balanza de cierre del ejercicio se deberá incluir la información de los ajustes que para efectos fiscales se registren. Se deben identificar todos los impuestos y, en su caso, las distintas tasas, cuotas y actividades por las que no deba pagar el impuesto; así como los impuestos trasladados efectivamente cobrados y los impuestos acreditables efectivamente pagados, conforme al anexo 24, apartado C. 

 

  • Información de las pólizas generadas incluyendo el detalle por transacción, cuenta, subcuenta y partida, así como sus auxiliares. En cada póliza debe ser posible distinguir los CFDI que soporten la operación, asimismo debe ser posible identificar los impuestos con las distintas tasas cuotas y actividades por las que no deba pagar el impuesto. En las operaciones relacionadas con un tercero deberá incluirse el RFC de éste, conforme al anexo 24, apartado D

 

valor

Envio de información al SAT (regla I.2.8.7)

Documento

Fecha de envío

Catálogo de cuentas

Por única vez en el primer envío y cada vez que sea modificado

Balanza de comprobación mensual

  • personas morales, a más tardar el día 25 del mes inmediato posterior
  • personas físicas, a más tardar el día 27 del mes inmediato posterior

Balanza del cierre del ejercicio

  • personas morales, a más tardar el día 20 de abril del ejercicio inmediato posterior
  • personas físicas, a más tardar el día 22 de mayo del ejercicio inmediato posterior

La información del segundo semestre del 2014 se presentara conforme a lo siguiente:

 

 

Balanza de comprobación del mes de:

Mes de entrega:

Julio

Octubre 2014

Agosto

Noviembre 2014

Septiembre y Octubre

Diciembre 2014

Noviembre y Diciembre

Enero 2015

   
factura factura

 

 


 


            

NEGOCIO FACIL 2003, Derechos Reservados

INTRANET